SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0780/2003-R
Fecha: 11-Jun-2003
procedente
Concluida la audiencia, el Juez de amparo pronunció la Resolución 9/2003 por la que declaró procedente el Recurso contra el Director Distrital de Educación, Teófilo Panamá, e improcedente contra el Director del Núcleo Educativo de Tiyumayu, Hugo Frías, con el fundamento siguiente: a) que, el Director Distrital de Educación conculcó lo establecido por los arts. 6, 7 inc. a), d) y k) CPE y 1 de la Ley 975 de 8 de mayo de 1998 que declara la inamovilidad funcionaria para toda mujer en período de gestación hasta un año del nacimiento del hijo, dentro de cuyo marco normativo se encontraba la recurrente con una niña lactante de once meses; b) que, al haberse dispuesto el traslado de la recurrente a otro núcleo escolar sin su consentimiento, además de no existir motivo alguno para ello, se infringieron normas de orden legal con relación a la maternidad y a la seguridad social; c) que, el Director del Núcleo Escolar de “Tiyumayu” no tuvo participación alguna en la referida conculcación de derechos fundamentales.