Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0872/2003-R
Fecha: 25-Jun-2003
II.3.
II.3. Haroldo Jorge Hurtado Vargas Bozo, por escrito presentado el 3 de abril (fs. 6), al que adjuntó documentación original del motorizado, pidió al Fiscal recurrido la devolución del camión de su propiedad secuestrado indebidamente, mereciendo el proveído de 3 de abril (fs. 7), por el que la autoridad del Ministerio Público dispuso se practique el peritaje correspondiente.