SENTENCIA CONSTITUCIONAL 846/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 846/2003-R

Fecha: 24-Jun-2003

1442/2002-

Esta es la línea jurisprudencial contenida en las SSCC 1315/2002-R, 1442/2002-R, 85/2003-R, 125/2003-R, 389/2003, 588/2003-R, 618/2003-R, y otras que  han determinado que el término para interponer el amparo es de seis meses computables  a partir del conocimiento del acto ilegal u omisión indebida o del agotamiento de los medios administrativos u ordinarios previstos en la ley.