AUTO CONSTITUCIONAL 0042/2003-ECA
Fecha: 15-Jul-2003
I.1
I.1 En el recurso de amparo constitucional interpuesto por Luis Remberto Cossio Viruez dictó la SC 0725/2003-R de 28 de mayo, mediante la que se revoca el fallo emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Santa Cruz, que había declarado procedente el recurso. El recurrente, en su memorial de fs. 357 dentro del plazo fijado por el art. 50 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) pide, complementación, explicación y enmienda, reiterando en los puntos 1 y 2 de su memorial el hecho de que se hubieran quebrantado las formas procesales reguladas en el art. 74 de la Ley de Organización Judicial (LOJ) que organiza el sorteo de los procesos, más aún -dice el recurrente- si el amparo formula denuncia sobre alteración de procedimiento.