AUTO CONSTITUCIONAL 341/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 341/2003-CA

Fecha: 23-Jul-2003

12 de marzo de 2003,

Por la fotocopia legalizada de la notificación cedularia que se adjunta así como por el informe del Presidente y Vocales de la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, se acredita que el recurrente en su calidad de demandado, fue notificado con la Sentencia Agraria Nacional 07/2003 de 7 de marzo de 2003, el 12 de marzo de 2003, interponiendo el presente recurso el 27 de mayo del mismo año, es decir, después de cincuenta y dos días de la referida notificación, consecuentemente el recurso directo de nulidad ha sido interpuesto  fuera del plazo establecido por el art. 81 LTC, por lo que corresponde su rechazo.