I.2. Argumentos jurídicos del recurso
Argumenta el recurrente que la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional no cuenta con jurisdicción ni competencia para declarar la nulidad de un trámite agrario que tiene sentencia ejecutoriada y que al haberse dictado la Sentencia Agraria Nacional 07/2003 de 7 de marzo de 2003 se ha vulnerado los derechos constitucionales de su poder conferente establecidos por los arts. 7 inc. i), 22, 31, 228 de la Constitución Política del Estado, y que asimismo fueron obviados los arts. 3º y 66 parágrafo I, numeral 4) de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria, Ley 1715 y arts. 169 numeral I inc. b), 170, 171 inc. b), 172 numeral I inc. d), 173 numeral I inc. a), 183 numeral I y II del Reglamento de la Ley 1715.
