Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0063/2003
Fecha: 15-Jul-2003
III.1
III.1 De conformidad a la norma prevista por el art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el recurso indirecto de inconstitucionalidad, procederá en los procesos judiciales o administrativos, cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos.