Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0904/2003-R
Fecha: 01-Jul-2003
II.2
II.2 El 4 de septiembre de 2002, el perito árbitro Tomás Antonio Jiménez Banegas hizo conocer al Juez de la causa el correspondiente informe de peritaje (fs. 209), y por Auto de 25 de septiembre de 2002, se rechazó la objeción de la parte demandada a aquel informe pericial, aprobándose el mismo y ordenándose que a tercero día de su notificación el representante legal de la empresa demandada pague a favor de los ex trabajadores la suma de Bs86.032, 54.- (fs. 212).