SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0904/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0904/2003-R

Fecha: 01-Jul-2003

III.2

III.2   El Tribunal Constitucional, en uniforme jurisprudencia expresada en las SSCC 99/2003-R, 1449/02, 1434/2002-R, 1417/02 y 1126/2002-R, entre otras, dejó establecido que la protección que brinda el art. 18 CPE, en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción,  y cualquier otra vulneración no relacionada con la libertad queda bajo la tutela que brinda el art. 19 constitucional, previo agotamiento de los medios ordinarios de defensa.