Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0922/2003-R
Fecha: 01-Jul-2003
improcedente
La Resolución que corre de fs. 38 a 39 declara improcedente el recurso por cuanto no se puede interponer el recurso de hábeas corpus alegando detención indebida, cuando existe imputación formal por la comisión de un delito donde surgen indicios de su participación, máxime cuando el caso ha sido remitido ante la autoridad jurisdiccional competente dentro del plazo previsto por Ley, quien ha determinado la situación jurídica de los imputados, los que pueden asumir defensa e interponer el recurso de apelación conforme dispone el art. 403-3) del CPP.