Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0950/2003-R
Fecha: 08-Jul-2003
improcedente
La Sentencia cursante a fs. 47 vta. y 48, pronunciada el 2 de mayo de 2003 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara improcedente el recurso, con estos fundamentos: 1) el recurso carece de inmediatez porque fue deducido a los nueve meses de producido el acto acusado de ilegal; 2) el amparo no es sustitutivo de otros medios o recursos que la ley franquea a las partes, como “la vía laboral, ya sea ante la Dirección Departamental del Trabajo, o en su caso, la vía jurisdiccional”.