SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0986/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0986/2003-R

Fecha: 15-Jul-2003

a)

El Juez recurrido, en el informe escrito de fs. 99, sostiene lo siguiente: a) en virtud de la documentación “de fs. 01 y 02”, que tiene plazo vencido y una obligación que cumplir, admitió la demanda ejecutiva interpuesta contra Luz Coca Montaño, dictando Sentencia el 11 de mayo de 1997; b) planteado un recurso de apelación, se citó y emplazó a la parte apelante, que no cumplió lo previsto por el art. 22 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPCAF), por lo que el fallo cobró ejecutoria; c) por decreto de 16 de mayo de 2001 se concedió, por equidad, un plazo de treinta días a los ocupantes del inmueble para que entreguen el mismo y después libró mandamiento de desapoderamiento; d) se trata de dos procesos ejecutivos entre los mismos sujetos procesales y con las mismas características. Solicitó se declare improcedente el recurso.