Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0986/2003-R
Fecha: 15-Jul-2003
II.3.
II.3. En 10 de junio de 1996 (fs. 25), el Juez recurrido dictó Sentencia en el primer proceso, declarando probada la demanda e improbadas las excepciones y ordenó a la ejecutada que, a tercero día, entregue el inmueble demandado. La ejecutada apeló (fs. 28) de dicho fallo y concedido el recurso en 22 de enero de 1997 (fs.32 vta), fue emplazada para que proporcione los recaudos necesarios (fs. 33) .