SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0990/2003-R
Fecha: 14-Jul-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 26 de mayo de 2003, cursante a fs. 4 a 5 de obrados, el recurrente manifiesta que actúa en representación sin mandato de Inés Ruxandra Georgescu, indicando que a instancias del Ministerio Público se instauró contra ella un proceso penal ante el Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas por el delito de tentativa de transporte de sustancias controladas, habiéndose dictado sentencia condenando a su representada a 5 años y 4 meses de reclusión en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes (COF) .
Agrega que alcanzando el cumplimiento de la condena de dos años y ocho meses, los trabajos y estudios que durante ese tiempo realizó la representada del recurrente motivaron a que el Juez Tercero de Ejecución Penal, en aplicación del art. 169 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), le concediera el beneficio de pre-libertad, bajo el sistema de extramuro, y posteriormente, por Resolución 89/2003, esa autoridad dispuso que en aplicación de la Ley de Migración, se proceda a la expulsión del país de Inés Ruxandra Georgescu, habiéndose remitido oficios a las autoridades recurridas para que se encarguen de conducirla al Aeropuerto Internacional de El Alto, a horas 10:00 para el día lunes 26 de mayo de 2003, a efecto de que aborde el vuelo de la línea aérea VARIG con destino a Alemania.
Indica que pese a existir orden judicial expresa de expulsión, la Directora del Centro de Orientación Femenina de Obrajes recurrida, manifestó haber recibido instrucciones de la Directora del Sistema de Régimen Penitenciario también demandada, en sentido de no dar cumplimiento a aquella orden judicial, porque el Juez de Ejecución Penal habría recibido dinero de la representada del recurrente para obtener su expulsión.