SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0995/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0995/2003-R

Fecha: 15-Jul-2003

1.2.2   Informe del  recurrido

En su informe corriente de fs. 111 a 112, el recurrido indicó que se marginó a la recurrente de la COD porque hizo abandono y dejación de funciones como Secretaria de la Mujer y Niño de la COD por más de seis meses, así como del Sindicato de Trabajadores Municipales, por lo que correspondía su alejamiento del seno de la COD, conforme determinan los arts. 69 y 65 del Estatuto Orgánico.

Por otra parte, señala que la actora ejerció ilegalmente la función de Delegada del Sindicato de Trabajadores Administrativos ante el Directorio de la COD, por cuanto desempeñaba el cargo jerárquico de Jefa del Departamento de Servicios Generales de la Alcaldía Municipal, y de acuerdo al DS 12097 de 31 de diciembre de 1974  no puede ser sindicalizado el personal jerárquico como jefes, directores y otros.

Por último, manifiesta que en oportunidad de solicitar al Ministro de Trabajo y Microempresa que declare en comisión a la directiva de la COD,  se acompañó una nómina en la que no figuraba la recurrente, pues se había acordado prescindir de los dirigentes que habían renunciado o hecho abandono de funciones. Y por otro lado, hace notar que  existen instancias superiores -como la COB-  a las que no acudió  la recurrente, por lo que el recurso debe ser declarado improcedente.