SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1020/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1020/2003-R

Fecha: 22-Jul-2003

I.1.1.     Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 30 de abril de 2003 (fs. 3) y memoriales de 3 y 9 de mayo del presente año (fs. 8 y 11),  el recurrente  expresa  que  dentro del proceso penal que sigue contra Ramiro Dulón Pérez, interpuso recurso de amparo constitucional contra el Juez Instructor en lo Penal Liquidador Primero, por no haberse allanado a una  recusación que planteó en su contra; sin embargo, los vocales de la Sala Penal Primera, incumpliendo lo previsto en el art. 98 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC),  rechazaron la admisión del recurso, sin admitir que subsane las observaciones previas, denegándole  justicia.

Por ello, al no existir otro medio o recurso legal para la reparación de esas defectuosas actuaciones administrativas, plantea el presente amparo constitucional, dejando constancia que todas las pruebas que justifican este nuevo amparo se encuentran contenidas y presentadas en el trámite del mismo recurso ante la Sala recurrida.