Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2003-CDP
Fecha: 04-Ago-2003
I.1.
I.1. Dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Mary Echenique Sánchez contra Mario Oña, Armando Pereira, Fidel Herrera, Germán Gutiérrez Gantier, Juan José Romero, Virginia Villarroel, Luz Duchén y Roxana Mújica, Presidente y concejales del Municipio de Sucre se dictó la SC 0595/2003-R de 6 de mayo que declara procedente el recurso disponiendo el pago de daños y perjuicios de acuerdo con lo dispuesto por el at. 102.II y VI de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).