AUTO CONSTITUCIONAL 0052/2003-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0052/2003-ECA

Fecha: 26-Ago-2003

II.2

II.2   Por otra parte, se solicita la enmienda de la SC 1045/2003 respecto a la condenación en costas al recurrente; sin embargo,  el art. 102.III LTC dispone claramente que “la resolución denegatoria del amparo demandado, impondrá y fijará costas y multa al recurrente”,  precepto legal que no permite acceder a la enmienda solicitada.