APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) LTC, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 16 de agosto de 2003, pronunciada por L. Orlando Caballero Rojas, Juez Noveno de Instrucción en Materia Civil Comercial de Santa Cruz, cursante a fs. 10 del expediente; con los fundamentos que preceden.
- L. Orlando Caballero Rojas, Juez Noveno de Instrucción en Materia Civil-Comercial de Santa Cruz
- art. 49 de la Ley de Abreviación procesal y de asistencia familiar de 28 de febrero de 1997, Ley 1760,
- rechaza el incidente
- "La Sentencia que declare la constitucionalidad de la norma legal impugnada, hace improcedente cualquier nueva demanda de inconstitucionalidad contra ella".
- declarado constitucional el art. 49 de la Ley de Abreviación procesal civil y de asistencia familiar, 1760,
- APRUEBA
