AUTO CONSTITUCIONAL 393/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 393/2003-CA

Fecha: 29-Ago-2003

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Juan Condori Quiroga dentro del proceso ejecutivo seguido por Sabino Ríos en su contra argumenta que afectado por las diferentes resoluciones dictadas por el juez, las mismas que demuestran parcialidad en el proceso, promueve el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad bajo los siguientes fundamentos jurídicos: 1º.- Se dictó el auto intimatorio de fs. 6, sin considerar que su persona había realizado cancelaciones previas del crédito; 2º.- Se dicta la sentencia de fs. 14, Resolución 1754/2002, la misma que afecta sus intereses económicos, familiares y sociales por cuanto se le está obligando a cancelar una deuda en parte cancelada y, 3º.- El avalúo cursante a fs. 32 a 39 de obrados simplemente se somete a los intereses del ejecutante, por cuanto el precio real es aproximadamente de 15.000 $Us. y no de.2.000 $Us.,  por lo que habiendo apreciado durante el proceso la parcialidad de la administración de justicia a favor de quién no tiene la razón y sólo cuenta con un documento, se ha vulnerado los arts. 3.3), 90, 121, 128 segunda parte del Procedimiento civil y art. 16-II, 228 y 229 de la Constitución Política del Estado y 380 del Código Civil..