SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1129/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1129/2003-R

Fecha: 12-Ago-2003

III.2

III.2 De la normativa glosada, se determina que el recurrente y sus representados, si consideran que los memorandos de repliegue expedidos por el Comandante Nacional de COA, son ilegales y violan sus derechos fundamentales, tienen la vía expedita para presentar su reclamo ante esa misma autoridad, a fin de que reconsidere su decisión, o acudir directamente ante el Presidente Ejecutivo de la Aduana Nacional, como la más alta autoridad de Nivel Directivo dentro de la organización de la Unidad del Control Operativo Aduanero, para que resuelva su petición conforme a las disposiciones legales aplicables al caso. Inclusive, pueden hacer valer sus derechos ante el Directorio de la Aduana Nacional que es la máxima autoridad aduanera, ya que está entre sus facultades verificar el cumplimiento de las normas del sistema de administración y contratación de personal, de acuerdo a los arts. 34 y 37.c) LGA; instancias que los recurrentes aún no han utilizado y menos agotado, pretendiendo utilizar el amparo en sustitución de los mismos, en desconocimiento de su carácter subsidiario, el cual exige para la procedencia de este recurso, el agotamiento previo de todos los medios legales; presupuesto que no se da en el caso presente y que determina la improcedencia del recurso e impide ingresar a analizar el fondo del recurso; así lo ha declarado la uniforme jurisprudencia constitucional en casos similares, a través de las SSCC 718/2002-R, 990/2002-R, 353/2003-R, 376/2003-R y 424/2003-R, entre otras.