SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1175/2003-R
Fecha: 19-Ago-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
En su demanda presentada el 9 de junio de 2003 (fs. 96 a 99), el recurrente manifiesta que trabajó en la Dirección General de Auditoría del Ministerio de Hacienda desde el 01 de marzo de 1999, previo proceso de selección, conforme a la Ley 1178 y a las Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal, habiendo aprobado los exámenes de competencia y evaluación curricular, siendo posesionado en su cargo el 01 de marzo de 1999, designado personal de planta según memorando 6237/99; asistiendo a cursos y seminarios de capacitación, luego ascendido en dos niveles previas las evaluaciones periódicas; empero, el 16 de enero de 2003, la Jefa de la Unidad de Recursos Humanos le entregó el memorando 046/03, donde se señala que se prescinde de sus servicios porque su persona no está incorporada a la Carrera Administrativa por lo que su puesto será sujeto a proceso de reclutamiento según la Ley del Estatuto del Funcionario Público, Ley 2027 (LEFP), pero dicho proceso no se realizó, pues el mismo día ingresó otro funcionario en su lugar.
Agrega que contra esa determinación, el 20 de enero de 2003 interpuso recurso de revocatoria ante la funcionaria que lo expidió, pero al no tener respuesta, lo consideró denegado, y de conformidad al art. 31 del DS 26319, formuló recurso jerárquico ante la misma autoridad el 3 de febrero de 2003, el que según el art. 33.III del indicado Decreto debió ser remitido ante el Superintendente del Servicio Civil en el plazo de dos días, lo que no se cumplió de manera que el 10 de febrero de 2003 hizo conocer a esta autoridad su ilegal despido y, que los recursos que interpuso no fueron atendidos, por lo que el 17 de febrero de 2003, el citado Superintendente solicitó a la Jefa de Recursos Humanos la remisión de los antecedentes, resolviendo el recurso jerárquico el 23 de abril de este año por RA SSC/IRJ/042/2003, disponiendo que de inmediato se proceda a su reincorporación con el mismo ítem y remuneración, pero existe resistencia a cumplir lo ordenado, por lo que el 2 de mayo de 2003 denunció este incumplimiento ante el propio Superintendente.