AUTO CONSTITUCIONAL 420/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 420/2003-CA

Fecha: 15-Sep-2003

arts. 27, 33 y siguientes de la Ley 1760 de Abreviación procesal civil y de asistencia familiar y el Decreto Supremo 27002 de 24 de abril de 2003,

Teresa Vargas de Salazar y Juan Carlos Salazar Flores dentro del proceso ejecutivo seguido por Daysi Rocío Veneros Valdivia contra Ángel Alanes Núñez y Regina Huanca de Alanes, en su calidad de terceristas,  solicitan a la Jueza de la causa promueva recurso indirecto  o incidental de inconstitucionalidad, contra los arts. 27, 33 y siguientes de la Ley 1760 de Abreviación procesal civil y de asistencia familiar y el Decreto Supremo 27002 de 24 de abril de 2003,  argumentando que de la sola lectura de los artículos de la Ley 1760  se establece que son violatorios de derechos y garantías fundamentales de cualquier persona que ocurre a juicio en condición de demandada, al negársele el derecho al debido proceso y sobre todo el derecho de defensa, lo que equivale a sostener que son manifiestamente inconstitucionales en cuanto lesionan los arts. 7 inc. h), 16-II, 32 y 33 de la Constitución Política del Estado y el decreto supremo impugnado por cuanto abolió el uso del papel sellado, mismo que fue aprobado por ley de la República y reglamentado su uso, chocando con los arts. 90-I, 92-I y 99 del Código de Procedimiento civil, pasando por alto el art. 228 de la Carta Magna.

Por lo expuesto solicita se pronuncie resolución dándose la inconstitucionalidad  que genera la aplicación de los preceptos citados y en consecuencia se declare la nulidad de los escritos que no reúnan los requisitos mencionados, además de la nulidad de las resoluciones que merecieron estos escritos.