rechazan el incidente
Hernán Cortés Castillo, Adolfo Gandarilla Suárez y Juana Molina Paz de Paz, Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, por Resolución de 26 de agosto de 2003, rechazan el incidente por ser manifiestamente infundado tanto en la forma como en el fondo, en consideración a que la Sentencia Constitucional 0474/2003-R que aprueba la sentencia pronunciada por la Sala Civil Primera se encuentra plenamente ejecutoriada sin lugar a observación alguna, correspondiendo únicamente su ejecución y porque el recurso interpuesto no contiene la fundamentación de la inconstitucionalidad, la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso, ni señala con claridad la ley o resolución que se cuestiona, además de no acompañar los documentos a que se refieren los arts. 30 de la Ley 1836 y art. 35 del Reglamento de procedimientos constitucionales. Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley 1836, del Tribunal Constitucional (LTC), es elevada en consulta ante este Tribunal
