Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONA 1356/2003 - R
Fecha: 18-Sep-2003
procedencia
Por lo que se concluye que, en este caso, el Tribunal de amparo al determinar la procedencia del recurso, ha aplicado en forma equivocada la norma prevista en el art. 19 de la CPE, correspondiendo revocar tal determinación, para que la recurrente, haga valer sus derechos en las vías legales pertinentes
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Néstor Gómez Fuentes, Martha Miranda y Jorge Vaca Escalante, Director Departamental de Salud, Responsable del Servicio de Odontología y Jefe de Recursos Humanos del SEDES Santa Cruz
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- procedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- procedencia
- REVOCA