SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1293/2003-R
Fecha: 08-Sep-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
El 30 de julio de 2003, fueron notificados con una sorpresiva querella interpuesta en su contra por Walter Quisbert Bustios, por la supuesta comisión de los delitos de apropiación indebida, abuso de confianza y complicidad, adjuntado como prueba preconstituida un contrato reconocido en sus firmas, en el que no formaron parte y menos lo suscribieron, además de una carta dirigida a la recurrente de parte de la Aduana Nacional. Es así que la querella estaba basada en que supuestamente la recurrente, habría suscrito un contrato de trabajo con el querellante en 16 de enero de 2003, para que éste proceda a la tramitación y obtención de un permiso de la Aduana Nacional, destinada a la importación de 200 vehículos minibús, cumpliendo con lo pactado, sin que se le haya pagado lo acordado consistente en la suma de $US12.000.-
Añaden que en mérito a una simple revisión de los requisitos formales de la citada querella el 24 de julio de 2003, la autoridad recurrida pronunció la Resolución 260/2003, que la admite y ordena el arraigo, la anotación preventiva de sus bienes inmuebles en Derechos Reales y de los muebles ante el Organismo Operativo de Tránsito, como medidas cautelares. Es evidente que se dedican a la actividad comercial de importación y a la compra venta de vehículos, con una Empresa de la cual son socios activos con más de 17 años de antigüedad y prestigio, con oficinas en La Paz y El Alto, coligiéndose que el querellante no es más que un extorsionador, conocedor de sus actividades comerciales cotidianas, pretendiendo obtener beneficios económicos inventando una serie de artimañas, pues la internación de vehículos minibuses con el volante de dirección situado a la derecha no es prohibido, pudiendo ser importados legalmente por cualquier persona, natural o jurídica, nacional o extranjera conforme dispone el art.117 inc. j) de la Ley General de Aduanas (LGA) por lo que no se requiere autorización alguna para la referida importación.