SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1421/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1421/2003-R

Fecha: 29-Sep-2003

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso

En la demanda presentada el 22 de julio de 2003 (fs. 75 a 77), la recurrente manifiesta que en 21 de noviembre de 1997 realizó la transferencia de un inmueble ubicado en el Barrio La Colorada, U.V. 106, manzana 8, lote 18, de 520 m2, respecto del cual, sorpresivamente se enteró que  había existido “una obligación con ejecución coactiva” por parte de Pastor Cardozo Quiroga en su contra,  ya que “desconocía la existencia de una obligación pecuniaria contraída por interpósita persona” con poder para dar en garantía de dicho bien.

Relata que al no tener elementos en qué ampararse en el proceso coactivo seguido en su contra, ya que no podía asumir su defensa sin ninguna prueba que demuestre su desconocimiento del proceso, sentó denuncia ante la PTJ contra Solange Estrada Pareja que fungió ilegalmente como apoderada suya, en cuya investigación se constató la existencia de falsedad material, ideológica y uso de instrumento falsificado.

Arguye que el coactivante señaló como domicilio suyo un lugar donde nunca residió, pues entre septiembre de 1994 y septiembre de 2000 radicó en La Paz, y desde el 2002 vivió en la calle Matogroso 2005 de Santa Cruz. Posteriormente, a pedido del demandante fue  citada por edictos, lo que determinó el desconocimiento del proceso.