autoridad judicial ya ha dictado sentencia
De los antecedentes que cursan en el expediente se establece que la autoridad judicial ya ha dictado sentencia encontrándose el proceso civil ejecutivo seguido por Guillermo Dupleich Helguero contra Eduardo Sarmiento Canazas y Teresa Rueda de Sarmiento, en ejecución de la misma; fase en la que Jaime Espinoza Valle, Mercedes Azogue Vda. de De La Fuente y Elvira Arce Salazar, solicitan al Juez de la causa promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el art. 45 de la Ley 1760, con el fundamento de que vulnera sus derechos a la defensa, a la seguridad y la igualdad jurídica, al disponer el desapoderamiento del bien inmueble que ocupan en su calidad de anticresistas; de lo que se infiere que no existe una decisión pendiente en la que el juez tenga que aplicar la disposición legal cuya inconstitucionalidad solicita se promueva; en consecuencia no existe la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la disposición legal con la decisión que deba adoptar la autoridad judicial, por lo mismo no concurre la condición de procedencia del recurso.
- Luis Araoz Torrez, Juez Séptimo de Partido en lo Civil-Comercial de La Paz,
- art. 45 de la Ley de Abreviación procesal civil y de asistencia familiar, de 28 de febrero de 1997.
- I.2.1. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- tenga que ser necesariamente aplicada a la resolución del caso dilucidado dentro del proceso judicial
- autoridad judicial ya ha dictado sentencia
