AUTO CONSTITUCIONAL Nº 0002/2004-O
Fecha: 28-Ene-2004
I. CONTENIDO DE LA DENUNCIA
Por escrito presentado el 24 de noviembre de 2003, el recurrente señala que en la SC 1369/2003-R, el Tribunal Constitucional declaró procedente el recurso de hábeas corpus interpuesto por su persona contra los vocales de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, disponiendo que los recurridos dicten una nueva Resolución sobre la base de los fundamentos jurídicos contenidos en ese fallo, otorgándole la libertad condicional.
Agrega que una vez transcurrido un mes y veinte días desde que la mencionada Sentencia Constitucional (SC) fue recibida en Auxiliatura de esa Corte Superior de Distrito, no existe la menor voluntad por parte de las autoridades judiciales recurridas para dar cumplimiento a lo determinado en ese fallo por el Tribunal Constitucional, vulnerando de esta manera su derecho a la libertad.