Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0044/2004-R
Fecha: 14-Ene-2004
III.3
III.3 Respecto a los supuestos reclamos que el recurrente hubiese efectuado de principio y de manera reiterada sobre la afectación de parte de sus terrenos, ello no se tiene demostrado conforme a derecho; en todo caso le correspondía presentar un reclamo formal y serio a los efectos de obtener del Gobierno Municipal una respuesta o, en lo pertinente una resolución en el mismo sentido, debidamente motivada sobre lo solicitado, para así tener la posibilidad de interponer las acciones o recursos correspondientes.