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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0106/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0106/2004-R

    Fecha: 21-Ene-2004

    I.2.2.2 Informe de la parte recurrida

    La parte recurrida por medio de su abogado manifestó que es el Ministerio de Educación el que establece el techo financiero de las actividades económicas del sector y que ellos no tienen atribución para revisar el presupuesto salarial de la recurrente; por lo que, no tienen legitimación pasiva al efecto.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2.1 Tramitación del recurso
    • I.2.2.2 Informe de la parte recurrida
    • improcedente
    • II.1
    • II.3
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • 1°

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