SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0106/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0106/2004-R

Fecha: 21-Ene-2004

III.2

III.2      En los antecedentes del caso, consta que luego de la última carta que el recurrente dirigió a la Directora Departamental de Educación, recibió la información de habérsela remitido a la ciudad de La Paz sin indicar la fecha de su envío ni a qué persona o despacho, ni menos el estado en el que se encuentra el trámite, resultando de ello una información insuficiente que no resuelve la petición del recurrente en lo que respecta a saber el estado de sus gestiones, a lo que se añade la falta de respuesta del Director General de Educación Técnica a la carta que le fue dirigida por aquél.

De manera que en obrados se constata que fueron reiteradas las gestiones del recurrente para conocer el estado de los trámites efectuados ante las autoridades recurridas, sin que haya recibido, hasta el momento, una respuesta debidamente motivada que absuelva esa solicitud, sea en sentido favorable o desfavorable, resultando de ello que se lesionó el derecho de petición del recurrente.