Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0111/2004-R
Fecha: 27-Ene-2004
II.1.
II.1. La demanda de amparo fue presentada el 8 de noviembre de 2003 (fs. 11-12), emitiéndose el Auto 401/2003 de 11 del mismo mes (fs. 23), por el que el Tribunal del recurso otorgó al recurrente el plazo de 48 horas para que aclare su personería, toda vez que acompañó a la demanda el poder otorgado por Víctor Amoroso Medrano, el que le facultaba a interponer el recurso de amparo a nombre del referido, sin embargo, presentó el recurso a título personal, notificándose con esa determinación al recurrente el 12 de noviembre a horas 16:50 (fs. 24).