SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0131/2004-R
Fecha: 28-Ene-2004
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
Sus hijos menores Elias y Pablo Corrales Claros, alumnos regulares del 7mo. y 8vo. de primaria en la Unidad Educativa "Ramón G. Prada" de 12 y 15 años de edad respectivamente, fueron expulsados por el Director del establecimiento al haber sido sorprendido uno de ellos con un cuchillo pequeño doméstico y el otro portando un sobre que aparentemente contenía marihuana, medida que dice, fue tomada de acuerdo con el Reglamento Interno del Colegio el que carece de relevancia jurídica ya que está por debajo del Reglamento de Administración y funcionamiento de Unidades Educativas (RAFUE), pues para adoptar tal decisión no se consideró el carácter inimputable de sus hijos, pretendiendo que uno de ellos admita la propiedad de la sustancia encontrada como condición para permanecer en el plantel educativo.
Añade la recurrente que ante este atropello y abuso de autoridad acudió en reclamo ante la Defensoría Municipal de la Niñez y Adolescencia de Sacaba, organismo que en forma verbal como mediante nota escrita solicitó al Director del colegio el cumplimiento del RAFUE, sin que haya tenido respuesta menos que presente la resolución expresa de la expulsión de sus hijos. Asimismo presentaron notas en forma reiterada al Director Distrital pidiendo la reincorporación de los menores como la reconsideración de la expulsión que no merecieron respuesta con el argumento de que no puede desautorizar la decisión de un Director, demostrando con ello no existir principio de autoridad para que ordene el cumplimiento de las normas educativas y frene los atropellos y abuso de autoridad por parte de los Directores de planteles educativos. De esta manera el demandado ha conculcado el derecho a la educación de sus hijos, a recibir instrucción y cultura como también a la defensa ya que dentro del proceso de investigación ni siquiera se recibió las declaraciones de los menores en las instancias correspondientes.