Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0083/2004-ECA
Fecha: 12-Oct-2004
2º
2º De otro lado, de una revisión de oficio se observa que en el fundamento jurídico III.3.4 de la SC 1468/2004-R, al establecer la vulneración al debido proceso, en la parte in fine se expresa lo siguiente: “la compulsa intentada por el LAB S.A. no podía ser declarada ilegal, ya que la denegatoria de concesión de la casación no fue ilegal ni indebida” , existiendo en esa conclusión un error material, pues el contexto de la sentencia es que las compulsas intentadas por el Lloyd Aéreo Boliviano (LAB) S.A. no podían ser declaradas “legales”, por ello así debe entenderse, debiendo ello ser enmendado dicho error material que no afecta en absoluto el fondo de la decisión.