SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1621/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1621/2004-R

Fecha: 08-Oct-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial presentado el 21 de julio de 2004 (fs. 13 y 14), la recurrente afirma que adquirió un minibús con el que ingresó al Sindicato de Minibusistas en Servicio Urbano en 1995, en el que fue admitida como socia y desde entonces presta servicios al público en el transporte de pasajeros cumpliendo las obligaciones del ente sindical. Relata que como su instrumento de trabajo por el uso y trabajo quedó obsoleto, solicitó el cambio de herramienta de trabajo, que fue autorizado con memorando CITE SRI 625/04, por lo que incorporó al trabajo el nuevo vehículo.

El Sindicato -continúa- se ha organizado en grupos, encontrándose en el Grupo D, dirigido por los recurridos como Jefe y Sub Jefe, que sin justificativo alguno han mostrado animadversión hacia ella y franco desconocimiento de las disposiciones, pues sin motivo le han suspendido del trabajo e impuesto sanciones pecuniarias en 25 de marzo y 31 de mayo de este año, arguyendo cuentas pendientes al Grupo, en vista de lo que acudió, buscando conciliación, ante el Secretario General del Sindicato, a la Federación Departamental de Chóferes “San Cristóbal” y a la Fiscalía de Turno, sin resultado alguno.