SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1645/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1645/2004-R

Fecha: 11-Oct-2004

procedente

Por Resolución HC-27/2004, cursante de fs. 18 a 19 vta., la Jueza Cuarta de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, declaró procedente el recurso, con calificación de daños y perjuicios, bajo los siguientes fundamentos: 1) en la División Económicos y Financieros se viene sustanciando diligencias de policía judicial contra Betty Mancilla Cortés por la supuesta comisión del delito de estelionato, en la que se dispuso mandamiento de aprehensión ordenada por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, el que fue ejecutado por los recurridos, quienes por confusión o descuido y sin realizar la identificación respectiva de la persona tal cual establecen los arts. 83 y 84 del CPP aprehendieron y condujeron a la recurrente indebidamente a dependencias de la PTJ, quien luego de proporcionar su identidad se dispuso su libertad inmediata; 2) si bien los hechos no han llegado a mayor perjuicio por no existir una privación de libertad prolongada al haberse dispuesto su libertad inmediata y haber asumido los recurridos su error, no es menos evidente que  el hábeas corpus procede aún se hubiese recuperado la libertad, lo que ocurren en el presente caso, originando a que se otorgue la tutela que brinda este recurso.

Por lo expuesto, la Jueza de hábeas corpus al haber declarado procedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación a lo dispuesto por el art. 18 de la CPE, cuya disposición faculta a esta jurisdicción a la reparación de los defectos legales en que se hubiese incurrido, no obstante que el recurrente haya sido puesto en libertad.