SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1651/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1651/2004-R

Fecha: 11-Oct-2004

II.3.

II.3.     El 3 de junio de 2004, el Juez Sumariante dictó Auto inicial conforme al art. 82 del CPPM, tomó la declaración del recurrente,  realizó el informe en conclusiones (fs. 24 a 32), y dictó el Auto de detención preventiva contra el actor en aplicación del art. 101 del CPPM (fs. 33), a ser cumplida en la carceleta del Batallón Esc. P.M. “Nº” 1 Saavedra, mientras se elaboren las primeras diligencias de investigación.