SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1740/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1740/2004-R

Fecha: 29-Oct-2004

III.2.

III.2.   En la problemática planteada, el recurrente impugna a través del presente recurso de amparo constitucional la decisión de prescindirse de sus servicios como dependiente de la Cámara de Diputados a través del memorando de 15 de enero de 2004; no obstante, de los antecedentes que informan el expediente se evidencia que por nota presentada el 21 de enero de 2004, dicha determinación fue impugnada por el actor a través del recurso  de revocatoria, que mereció la nota DIR.RR.HH. 094/03-04 de 3 de febrero de 2004 que adjuntó el informe del asesor legal de la Cámara de Diputados en el que se concluyó que el actor no participó de ninguna convocatoria pública efectuada por la Cámara para optar al cargo, por lo que su destitución no podía sujetarse a las causales del art. 41 de la Ley 2027, menos a los arts. 14 de su Reglamento y 32 del DS 26115. En ese entendido, el 6 de febrero de 2004, el recurrente interpuso recurso jerárquico solicitando la remisión de antecedentes ante la Superintendencia del Servicio Civil, entidad que por Resolución de 11 de febrero de 2004, rechazó el recurso con el argumento de no haberse acreditado que el recurrente tenía derecho a ser considerado funcionario de carrera o aspirante a esa calidad según lo determinado por el art.  70 del EFP. El 20 de febrero de 2004 el actor impugnó la Resolución emitida por la Superintendencia del Servicio Civil, motivando el pronunciamiento de la Resolución de 6 de abril de 2004, que confirmó la decisión contenida en el Auto de 11 de febrero de 2004 al no haber el actor acreditado su condición de funcionario de carrera o de aspirante a la misma.