AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2004-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2004-ECA

Fecha: 23-Nov-2004

2)

2)    Señala que la resolución del contrato debía ser planteada por el Gobierno Municipal de La Paz ante la autoridad competente, o sea ante el Tribunal Arbitral. Basándose en estas consideraciones la impetrante pide se complemente la SC 0126/2004, de 4 de noviembre y se declare expresamente que el Tribunal Arbitral es el único órgano competente para declarar la resolución así como para pronunciarse sobre las emergencias contractuales.