SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1834/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1834/2004-R

Fecha: 29-Nov-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 27 de octubre de 2004, cursante de fs. 16 a 17, el recurrente manifiesta que dentro el proceso penal seguido a denuncia, el representante del Ministerio Público presentó imputación formal solicitando su detención preventiva, en cuyo mérito el 30 de junio de 2004, el Juez Instructor Cautelar, por Resolución 131/04, dispuso su detención preventiva, a cumplirse en el penal de “San Pedro”; con el fundamento de existir peligro de fuga, por no haber presentado documentación que acredite domicilio conocido, familia constituida ni trabajo en el país; asimismo, señaló la existencia de peligro de obstaculización del proceso por la participación de otras personas. Agrega, que el 16 de septiembre acompañando la documentación que desvirtúa los fundamentos de su detención, solicitó la cesación de su detención preventiva; sin embargo, la autoridad recurrida, en forma dilatoria, decretó que con carácter previo, el recurrente señale “domicilio procesal”; sin tomar en cuenta que el mismo fue señalado por memorial de 4 de septiembre de 2004, por lo que el 21 de septiembre, haciendo mención de este hecho, reiteró su solicitud, pero el recurrido señaló audiencia para el 11 de noviembre de 2004, a horas. 9:30; es decir, después de cincuenta seis días, desde la primera solicitud de consideración de su libertad; por lo que, haciendo notar este extremo, presentó recurso de revocatoria, indicando que la actitud dilatoria para la consideración de su derecho a la libertad vulnera el principio de celeridad; empero, el Juez recurrido mantuvo el referido señalamiento.