AUTO CONSTITUCIONAL 668/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 668/2004-CA

Fecha: 08-Dic-2004

I. ANTECEDENTES

Por memorial de fs. 39-41 del expediente, Marina Ibáñez Vaca, Mburuvicha Guasu (Capitán Grande) de la Asamblea del Pueblo Guaraní Zona Yacu-Igüa interpuso recurso directo de nulidad contra Gustavo Pedraza Mérida, Ministro de Desarrollo Sostenible, demandando la nulidad de la Resolución Ministerial 311 de 15 de octubre de 2004, con el argumento de que la autoridad recurrida pronunció la resolución impugnada sin competencia y usurpando funciones que le competen al Tribunal Agrario Nacional, además de restringir derechos reconocidos por la CPE y la legislación nacional, por cuanto era el Tribunal Agrario Nacional quien previa impugnación en término legal por la vía contencioso administrativa, podía revocar la Resolución Ministerial 163 y no revocarlo de oficio el Ministro de Desarrollo Sostenible, que si bien establece revocaciones de oficio de los actos administrativos en general, lo hace con excepción y exclusión de los actos del régimen agrario como es el presente, que tiene procedimientos propios.