AUTO CONSTITUCIONAL 0011/2004-ECA
Fecha: 26-Feb-2004
revocó
En el caso presente, la SC 0091/2004-R, de 21 de enero de 2004, revocó la Resolución revisada y declaró improcedente el recurso, al concurrir tres causales de improcedencia, contempladas por la Ley del Tribunal Constitucional y desarrolladas en la uniforme jurisprudencia de este Tribunal, a saber: falta de inmediatez para interponer el recurso; la existencia de otros medios o recurso que el actor pudo utilizar oportunamente, y los actos consentidos libre y expresamente. En consecuencia, al ser claros los fundamentos expuestos en el recurso, no corresponde realizar la complementación, explicación y enmienda solicitada, más aún cuando el recurrente pretende que el Tribunal Constitucional apruebe la procedencia del recurso, declarada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, cuando por disposición del art. 50 LTC antes aludido, a través de esta vía no se puede afectar al fondo de la Resolución.