Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0132/2004-R
Fecha: 02-Feb-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el escrito presentado el 9 de diciembre de 2003 (fs. 4), el recurrente afirma que en el proceso penal seguido por Juan Carlos Crespo Infante en contra suya, cuando debía realizarse la audiencia de lectura de conclusiones, el Juez “se percató” que no existía querella pese a tratarse de un delito de carácter privado, por lo que anuló obrados y dispuso que la parte civil presente querella en tres días, situación que nunca se produjo. Empero, se apersonó una persona extraña al proceso, sin poder específico, con una querella “de seis líneas”, que no reúne los requisitos legales y vulnera lo establecido por los arts. 804 y siguientes del Código civil.