SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0137/2004-R
Fecha: 02-Feb-2004
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
Fue detenido porque supuestamente adeudaba la suma de Bs.3.020.- por asistencia familiar según decretos del 2000 y el último de 2 de septiembre de 2003 emitidos por autoridad judicial, pese a que realizó los depósitos judiciales con la debida anticipación según los certificados 157061 de 8 de diciembre de 2003 por Bs.100, 146588 de 15 de septiembre de 2003 por Bs.3.100 y 146171 de 1 de septiembre de 2003 por Bs.100, haciendo un total de Bs.3.300, por lo que no debe nada. Empero, pese a haber exhibido dichos documentos al policía recurrido fue conducido a la PTJ, cuyo Comandante tampoco dispuso su libertad luego de imponerse de los mismos, siendo internado en la cárcel pública que es su domicilio real por cuanto se encuentra gozando del beneficio de pre-libertad bajo la modalidad de extra muro, habiendo sido perjudicado, puesto que se encuentra trabajando precariamente para subsistir y pagar dichas pensiones.