Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0201/2004-R
Fecha: 09-Feb-2004
III.3
III.3 Lo relacionado precedentemente hace viable la tutela constitucional solicitada por encontrarse el caso dentro de las previsiones del art. 18 CPE que ha instituido el recurso de hábeas corpus para preservar la libertad de la persona ante cualquier tipo de arbitrariedad e ilegalidad que la suprima, restrinja o amenace restringir o suprimir ese derecho fundamental, como ha ocurrido en el presente caso.