SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0235/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0235/2004-R

Fecha: 17-Feb-2004

improcedente

Concluida la audiencia el Tribunal de hábeas corpus pronuncia resolución que declara improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) los recurrentes fueron conducidos a la PTJ porque existen dos denuncias de hurto y otra de robo, las cuales se encuentran siendo investigadas, por lo que la actuación de los recurridos ha sido correcta y en cumplimiento de sus obligaciones; 2) los actores no fueron detenidos no existiendo ningún motivo que justifique la procedencia del hábeas corpus.

Los antecedentes expuestos precedentemente, muestran que el caso no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 18 CPE, por lo que el Tribunal de hábeas corpus al haber declarado improcedente el recurso ha efectuado una adecuada compulsa del mismo y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.