AUTO CONSTITUCIONAL 143/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 143/2004-CA

Fecha: 12-Mar-2004

I.1. Antecedentes

La recurrente refiere que fue procesada por el delito de peculado, proceso dentro  del cual se realizó la audiencia de conclusiones el 10 de julio de 2003, pasó a despacho para dictarse sentencia el 29 de agosto de 2003, señalándose la lectura de la misma para el 10 de septiembre de 2003, sin que se hubiera realizado la audiencia señalada. Continúa señalando que el juez de la causa fue notificado el 30 de septiembre de 2003 por el Tribunal Constitucional con la aprobación del rechazo del recurso incidental de inconstitucionalidad promovido a instancia de su parte, señalando audiencia de lectura de sentencia para el 9 de octubre de 2003, suspendiéndose una vez más por orden de una sentencia dictada por el Tribunal de Amparo, sin embargo, el juez recurrido tuvo conocimiento de tal resolución el 23 de diciembre de 2003, señalando audiencia de lectura de sentencia el 30 de diciembre de 2003 y que ante el recurso de habeas corpus del imputado Orozco se volvió a suspender la audiencia de lectura de sentencia, señalándose nueva audiencia para el 6 de febrero de 2004 por cuanto la autoridad recurrida hizo uso de su vacación del 5 de enero de 2004  al 29 del mismo mes y año,  suspendiendo  la misma por una vez más ese mismo día, señalando una nueva para el 13 del mismo mes y año, cuando la audiencia del recurso de  amparo constitucional interpuesto por su persona estaba señalada para el día 10 de los corrientes, por lo que  la autoridad recurrida pronunció la sentencia de 13 de febrero de 2004, condenándole a sufrir la pena de cinco años de reclusión después de cuarenta y dos días habilitados.