no existe ningún argumento jurídico que sustente
En el caso que nos ocupa no existe ningún argumento jurídico que sustente que las autoridades recurridas al citar a la sesión extraordinaria de 6 de febrero de 2004, introducir una modificación en el temario, al sesionar extraordinariamente el 6 de febrero de 2004, al aprobar el informe del Alcalde Municipal, al no haber entregado previamente a cada Concejal los antecedentes del informe, al no haberse requerido previamente la intervención de las comisiones o al haber procedido a la elección de la nueva directiva presidida por un presidente ad-hoc, designado sin que haya concluido el mandato del presidente en ejercicio, hubiesen usurpado funciones que no son de su competencia o ejercido jurisdicción o potestad no emanada de la ley.
- Marco Antonio Baldivieso Jinés en representación de José Destre Postigo, Concejal del Municipio de Riberalta
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.3. Petición
- II. ANÁLISIS DE LA EXISTENCIA DE CONTENIDO JURÍDICO CONSTITUCIONAL
- no existe ningún argumento jurídico que sustente
- constituyen fundamentos que no son pertinentes al recurso planteado
- , RECHAZA
