AUTO CONSTITUCIONAL 146/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 146/2004-CA

Fecha: 12-Mar-2004

no existe ningún argumento jurídico que sustente

En el caso que nos ocupa no existe ningún argumento jurídico que sustente que las autoridades recurridas al citar  a la sesión extraordinaria de 6 de febrero de 2004, introducir una modificación en el temario, al sesionar extraordinariamente el 6 de febrero de 2004, al aprobar el informe del Alcalde Municipal, al no haber entregado previamente a cada Concejal los antecedentes del informe, al no haberse requerido previamente la intervención de las comisiones o al haber procedido a la elección de la nueva directiva presidida por un presidente ad-hoc, designado sin que haya concluido el mandato del presidente en ejercicio, hubiesen usurpado funciones que no son de su competencia o  ejercido  jurisdicción o potestad  no emanada de la ley.