AUTO CONSTITUCIONAL 167/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 167/2004-CA

Fecha: 23-Mar-2004

I.1. Antecedentes

El recurrente refiere que la Asamblea General de  la Cooperativa de Telecomunicaciones Sucre Ltda. (COTES Ltda.) de 16 de enero de 2004, determinó llevar a cabo las elecciones para la renovación de los Consejos de Administración y Vigilancia, a cuyo efecto se conformó el Comité Electoral, el mismo que convocó públicamente al acto eleccionario, realizándose previamente el acto público de depuración y sorteo de casillas el 18 de febrero a hrs. 11:00, en cuyo acto se  inhabilitó a Moisés Torres Ramírez, Víctor Hugo Hevia Moreira y Miguel Coro Martínez.

Continúa señalando que, como consecuencia de su inhabilitación, Moisés Torres Ramírez interpuso amparo constitucional para que el Comité Electoral proceda a su habilitación, disponiendo el Tribunal de Garantías Constitucionales su inmediata habilitación como candidato al Consejo de Administración de COTES LTDA. A resultas de dicho amparo, el Comité Electoral conformado por los recurridos, procedió a la habilitación de Moisés Torres Ramírez mediante resolución expresa, y el mismo 5 de marzo, ante la resolución favorable del Tribunal de Amparo, los miembros del Comité Electoral de COTES LTDA., procedieron de oficio a la habilitación de los candidatos Miguel Coro Martínez y Víctor Hugo Hevia Moreira, en la creencia de que los fallos del Tribunal de Garantías Constitucionales son vinculantes, asimismo, los incluyen  arbitrariamente en la papeleta de sufragio, otorgándoles además casillas sin previo sorteo, resoluciones que no fueron de conocimiento de los demás candidatos, como partes interesadas.